Asignatura impartida por el docente Luis Alvarez

lunes, 4 de abril de 2011

El Rol actual de la V Región de Valparaíso en la regionalización

  Otra vez el centralismo
Sin duda para nadie es ajeno la duda histórica que sufre Valparaíso, en el que las la ineficiencia de la municipalidad juega un rol importante, afectando fuertemente las finanzas comunales. El déficit estructural de los municipios, es otro importante factor afecta a Valparaíso. Según la Asociación Chilena de Municipalidades; “el 7% de todos los ingresos públicos nacionales van para las 345 municipalidades de Chile, el resto, o sea el 93%, se lo lleva el Fisco.” Lo anterior lógicamente nos da señales que existe el centralización en Chile, y que a comparación con los países desarrollados, quienes invierten para los municipios entre el 30-35% de los ingresos públicos, en Latinoamérica, es el 25%.  Estos datos nos asen preguntarnos que si es realmente correcto seguir creando nuevas comunas, los recursos municipales claramente no alcanzan para cubrir todas las necesidades, pero es importante evaluar si los fondos disponibles son capases de mantener la comuna y con capacidades propias de sustentabilidad, sin correr el riesgo de llegar a la situación que hoy en día sufre Valparaíso, por lo tanto está claro que se necesitan mayores recursos para los municipios  y una mejor administración dentro de este, para así evitar que el centralismo siga jugando las malas pasadas. 

·         Las comunas. ¿Para qué queremos crearlas?
Es claro que los motivos principales que mueve a los residentes de un área con motivos independistas, son mejorar su calidad de vida, debido a que  son afectados por la ineficiente administración de la autoridad bajo la cual están a cargo, y que demandan poco menos que el abandono en inversión en infraestructura. Otro factor influyente es que se genera en las personas una identificación con el territorio, excluyéndose del resto del área de la comuna.



lo importante para la cracion de estas nuevas entidades, es que hayan razones objetivas para separarse de la comuna a la cual se pertenece y eso significa que se tenga una identidad productiva propia y que se tenga sustentabilidad económica. esto es debido a que en Chile existen munchas comunas que sólo dependen del Fondo Común Municipal, en las que la única fuente de financiamiento es el fondo común, y que generan una gran fragilidad e inestabilidad.
·         La política y procedimientos para creación de comunas cumplen el siguiente proceso:
1. Petición: Se originan en demandas de organizaciones comunitarias, políticos, parlamentarios y autoridades regionales, provinciales y comunales.
2. Condiciones técnicas que debe cumplir la petición:
-   Las peticiones deben cumplir como mínimo los siguientes requisitos técnicos:
-   Identificación del territorio (con sus delimitaciones aproximadas)
-   Superficie territorial mínima compatible con la condición comunal
-   Sugerencias de eventual sede municipal
-   Base demográfica suficiente
-  Respaldo social a la iniciativa
-  Identidad y eventuales antecedentes históricos
-  Sustentabilidad económica mínima (ingresos municipales directos)

3. Opinión del Consejo Regional: De conformidad a lo dispuesto en la Ley Nº19.175, Orgánica Constitucional de Gobiernos Regionales.

4. Evaluación Técnica de SUBDERE
5. Presentación de propuestas al presidente de la República: Las conclusiones de la evaluación técnica son presentadas a la Presidenta de la República por intermedio del Ministro del Interior para su sanción y resolución.
6. Resolución de iniciativa legal del presidente de la República
7. Quórum Parlamentario para aprobación de la iniciativa: En la eventualidad de ser rechazada la iniciativa, esta no podrá volver a ser ingresada al Parlamento hasta un año después.
8. Tramitación de la iniciativa
9. Puesta en marcha de la nueva comuna administrada transitoriamente por municipio de Comuna Originaria: La comuna tiene existencia legal desde la publicación en el Diario Oficial y el ejercicio presupuestario anual empieza a percibir los recursos que le corresponden del Fondo Común Municipal. La ley orgánica constitucional de Municipalidades establece normas para regular el traspaso de los servicios municipales y  sedes, recursos humanos y materiales desde los municipios de las comunas de origen hacia el nuevo municipio que incluye este traspaso.
10. Elección y constitución del Municipio (alcalde y Concejo en comicios nacionales)

bibliografia

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